La Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización de Entre Ríos emitió la Resolución 101/26, mediante la cual se establece un nuevo régimen para la extracción, acopio y transporte de productos de la pesca en el ámbito del río Uruguay. La medida, de carácter excepcional, busca equilibrar la conservación del recurso íctico con el desarrollo de la industria local ante la inestabilidad de las condiciones hidrométricas de la cuenca.
La normativa, firmada por el director del área, Mario Francisco Zarate, fija un cupo mensual de extracción de 35.000 kilogramos de sábalo y pescado de línea por cada acopiador o empresa habilitada. Este límite alcanza a los titulares de licencias L1 (plantas frigoríficas de exportación) y L2 (empresas dedicadas al mercado interno con acopio mayor a 15.001 kg).
Fomento a la industrialización regional
Uno de los puntos más relevantes de la resolución es la prohibición explícita de egresar pescado en estado fresco del territorio provincial. Según los fundamentos técnicos de la medida, todas las capturas realizadas en Entre Ríos deben ser sometidas obligatoriamente a procesos de industrialización, que incluyen el elaborado, procesado y congelado en plantas locales.
Esta disposición tiene como objetivo doble asegurar la trazabilidad del recurso y optimizar su aprovechamiento económico, garantizando que el valor agregado del procesamiento quede en las comunidades ribereñas.
Contexto ambiental y logística
La provincia fundamenta estas restricciones en la necesidad de una «gestión adaptativa» frente a modificaciones extremas de las condiciones climáticas e hidrológicas que comprometen la estabilidad del recurso natural. La resolución aclara que estas medidas podrán ser modificadas o derogadas anticipadamente si las condiciones ambientales así lo requieren.
En cuanto a la logística de transporte, se determinó que las Guías de Transporte de pescado fresco originado en el río Uruguay tendrán un plazo de vigencia de 48 horas, atendiendo a las distancias geográficas y el estado de los caminos de la región.
Vigencia y sanciones
El nuevo reglamento para el corredor del río Uruguay tendrá vigencia desde su publicación hasta el 30 de septiembre de 2026. Las autoridades advirtieron que cualquier violación a estas disposiciones será sancionada bajo los términos de la Ley de Pesca N° 4892.
Esta medida se suma a la línea de control de recursos naturales profundizada esta semana por el Gobierno provincial, que también incluyó la habilitación de la temporada de caza menor bajo estrictos protocolos de fiscalización.
