El Presidente Municipal de Concordia, Dr. Francisco Azcué, promulgó el Decreto N° 868/2.026 mediante el cual se dispuso un aumento salarial del cuatro por ciento (4%) para los empleados de la Administración Pública Municipal.
El incremento rige para la liquidación correspondiente al mes de septiembre de 2026 y abarca tanto al personal de planta permanente como a los contratados con aportes y a las autoridades comprendidas bajo el código 600.
Según se expresa en los considerandos de la norma, la medida responde a la necesidad de realizar una recomposición en la escala de remuneraciones para preservar el poder adquisitivo de los trabajadores frente a la evolución económica e inflacionaria, en función de las disponibilidades presupuestarias del erario local.
| Categoría / Cargo | Monto Septiembre |
|---|---|
| Presidente Municipal | $ 1.375.000,00 |
| Vicepresidente Municipal | $ 1.078.984,05 |
| Secretarios D.E. y C.D. | $ 949.577,99 |
| Subsecretarios | $ 920.471,05 |
| Directores Políticos | $ 847.855,10 |
| Categoría 24 (Máxima de carrera) | $ 910.075,07 |
| Categorías 14, 15 y 16 | $ 678.295,67 |
| Categorías 1 a 5 (Tramo inicial) | $ 653.897,50 |
Actualización de la escala de haberes y sueldos básicos
El artículo 2° del decreto aprobó la nueva tabla de remuneraciones que rige a partir de septiembre de 2026. El esquema fija el haber mensual del Presidente Municipal en $1.375,00, el del Vicepresidente Municipal en $1.078.984,05, los Secretarios del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante en $949.577,99, los Subsecretarios en $920.471,05 y los Directores Políticos en $847.855,10.
Por su parte, dentro del escalafón del personal de carrera, la Categoría 24 quedó establecida en $910.075,07; las categorías intermedias 14, 15 y 16 en $678.295,67; y el tramo inicial (categorías 1 a 5) en $653.897,50 mensuales.
Ajuste en los contratos mínimos con aportes
Adicionalmente, el artículo 3° autorizó un incremento del 4% sobre el monto mínimo de contrato, tomando como base la suma de $628.747,60. Esta suba se liquida a partir del 1 de septiembre bajo el código 475 «adicional contratado con aportes no remunerativo», incorporándose al valor total del contrato al momento de su renovación.
El decreto fue refrendado por el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. Pablo Sebastián Ferreyra, y la Secretaria de Gobierno, Cra. Patricia Laura Rodriguez.
