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La Justicia de Entre Ríos intimó al Gobierno provincial a realizar obras urgentes en el arroyo El Salto

La Cámara Segunda de Paraná ordenó al Gobierno de Entre Ríos ejecutar tareas inmediatas en el arroyo El Salto, en el departamento Diamante, para restituir el flujo de agua tras un amparo ambiental.

La Cámaras Segunda de Paraná dictó una resolución judicial que exige al Gobierno de Entre Ríos cumplir de forma perentoria con las tareas necesarias para asegurar el escurrimiento del arroyo El Salto.

La medida interviene a la altura del denominado Puente de Piedra, paso que articula el camino vecinal entre las localidades de Aldea Brasilera y Colonia Ensayo, dentro del departamento Diamante.

La resolución fue rubricada el 13 de octubre por el magistrado Edgardo Martín N. Cossy, quien determinó como plazo improrrogable el 29 de octubre de 2026 para constatar las labores realizadas.

El amparo de la Fundación CAUCE y la situación ambiental en Diamante

El expediente judicial tiene como antecedente la acción de amparo ambiental promovida por la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista contra la administración entrerriana y la firma Cristamine S.A.

Pese a que la sentencia que exige salvaguardar el cauce hídrico ya se encontraba firme, el Estado provincial incurrió en demoras en el cumplimiento de las mandas judiciales.

El magistrado interviniente evaluó el material probatorio fotográfico aportado por CAUCE y concluyó que instalar un solo caño de mayor porte resulta insuficiente para regularizar el curso natural.

Rechazo al plan de 220 millones y resguardo de la fauna ictícola

El Ejecutivo provincial había remitido un anteproyecto para una obra de mayor envergadura presupuestada en 220 millones de pesos, cuya ejecución demandaría seis meses.

Desde el área de Administración y Finanzas de la Provincia se había advertido que dicha intervención carecía de partida en el ejercicio vigente y debía ser tratada recién en el Presupuesto 2027.

No obstante, la Cámara descartó el planteo al señalar que el proyecto sobrepasa lo ordenado originariamente. El tribunal remarcó que colocar más caños —incluso de mayor diámetro— bastará para reactivar el paso de agua y la fauna ictícola con los recursos existentes.

Apelación en trámite pero con cumplimiento obligatorio

Hacia el cierre de la disposición, la sede judicial conminó a la Provincia a movilizar los recursos necesarios y remitir los registros fotográficos finales antes del 29 de octubre de 2026.

Si bien la representación estatal apeló el pronunciamiento, el tribunal concedió el recurso con efecto devolutivo.

De este modo, la tramitación recursiva no frena la exigencia operativa, por lo que el Gobierno de Entre Ríos se encuentra obligado a acatar el mandato judicial.

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