Salto Grande Extra
Destacadas Entre Ríos Policial & Judicial

Fotomultas en Entre Ríos: la Justicia respaldó el sistema y cuestionó las demoras en las notificaciones

La Cámara en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Paraná avaló la constitucionalidad de las fotomultas, pero anuló sanciones en casos en los que la Policía demoró más de dos años en notificarlas.

Integrantes de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°1 de Paraná, en decisiones individuales, concluyeron en que el control de tránsito vehicular por fotomultas respeta la Constitución y anularon aquellas sanciones en las que la Policía de Entre Ríos no respetó el principio del plazo razonable.

Quienes componen la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Paraná, en ejercicio de sus competencias individuales, se pronunciaron por la constitucionalidad del sistema de detección de infracciones a la ley de tránsito por medios electrónicos y/o digitales, conocido como fotomulta.

Los fundamentos para avalar el sistema de fotomultas

Consideraron que el relevamiento de presuntas violaciones a la ley nacional de tránsito mediante fotografías digitales y/o video filmaciones a cargo de la Policía de Entre Ríos resulta compatible con los principios que rigen el debido procedimiento, en tanto el presunto infractor puede acreditar por ante quienes integran el Tribunal que a la fecha de la detección de la supuesta infracción no era el titular del vehículo, no fue el autor de la infracción o circunstancias de fuerza mayor lo exculpan del reproche.

Destacaron que el crecimiento geométrico del parque automotor y del aumento de la siniestralidad mortal en accidentes de tránsito en la provincia de Entre Ríos, debidamente registrados por datos oficiales, aconsejan admitir mecanismos de constatación automática y masiva de posibles infracciones a las leyes regulatorias del tránsito y compatibilizarlos con los principios que regulan el debido proceso y el derecho de defensa.

Anularon sanciones por demoras en las notificaciones

En otros casos, también anularon las sanciones a los presuntos infractores en aquellos casos en los que la Policía de Entre Ríos demoró más de dos años en notificarlos, ya que entendieron que tales demoras violan el principio de plazo razonable que rige los procedimientos administrativos sancionatorios.

Fuente: STJER

Noticias relacionadas

Deja un comentario