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Ley de Frontera: Uruguay excluye frontera argentina de beneficios fiscales y genera polémica

Uruguay Excluye Frontera Argentina

El Poder Ejecutivo de Uruguay aprobó el decreto que reglamenta la Ley N° 20.419, la cual establece un régimen especial de comercio de frontera y beneficios fiscales. Sin embargo, la resolución decidió que las medidas solo tendrán vigencia para los pasos de frontera terrestre con Brasil, dejando por fuera del régimen a los departamentos fronterizos con Argentina.

La Ley N° 20.419, aprobada en agosto de 2025, tiene el cometido de mitigar la diferencia de precios relativos en los países limítrofes. El Artículo 14 de la ley faculta expresamente al Poder Ejecutivo a ejercer estas medidas «en una o en ambas fronteras, siempre que existan diferencias de precios relativos significativas entre nuestro país y el respectivo país limítrofe».

A pesar de esta habilitación legal, el Poder Ejecutivo resolvió restringir los beneficios tributarios exclusivamente a la frontera terrestre con Brasil: Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión. El gobierno de Yamandú Orsi (junto a Gabriel Oddone y otros ministros) justificó la decisión señalando que, en esta oportunidad, la zona que concentra una mayor disparidad de precios es la frontera brasileña. De hecho, el Índice de Precios Fronterizos de agosto de 2025 mostró que la ciudad de Artigas era un 74% más cara que su vecina brasileña Quaraí.

Repercusiones políticas y el reclamo de los legisladores del Litoral

La exclusión de los departamentos limítrofes con Argentina generó una inmediata controversia en el ámbito legislativo uruguayo. El diputado Fermín Farinha ha manifestado que el Poder Ejecutivo decidió dejar fuera de los beneficios a estos departamentos «pese a que la norma habilita expresamente su implementación cuando existen diferencias de precios significativas con el país vecino».

En consecuencia, Farinha no descarta impulsar una convocatoria al Parlamento al ministro de Economía, Gabriel Oddone, para que brinde explicaciones sobre esta omisión. El tema será tratado hoy, 3 de septiembre de 2025 (fecha del informe), en la Comisión Especial de Frontera con Argentina, en una reunión con los diputados del litoral. El objetivo de este encuentro es plantear formalmente la necesidad de activar los instrumentos previstos por la Ley N° 20.419 para la frontera con Argentina. Previamente, el ministro Oddone había reconocido en junio que las medidas «no son suficientes, que son perfeccionables».

Detalle de los beneficios fiscales retenidos a la frontera argentina

La Ley N° 20.419 establece un conjunto de tres medidas económicas centrales que buscan impulsar la competitividad en las ciudades fronterizas. Al excluir los departamentos uruguayos limítrofes con Argentina, se retiene la aplicación de:

1. Régimen Especial de Comercio de Frontera: Este régimen permite a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) de comercio al por menor importar mercaderías nuevas exentas del pago de tributos y paratributos. Esto incluye la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Específico Interno (Imesi).

2. Exoneración de Aportes Jubilatorios Patronales: La ley faculta al Poder Ejecutivo a exonerar hasta el 75% de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social. Este beneficio aplica para la contratación de nuevos trabajadores dependientes en empresas dedicadas a rubros como industria manufacturera, comercio al por menor y servicios de comida. Estas empresas deben desarrollar su actividad en un radio máximo de 60 kilómetros de los pasos de frontera terrestre.

3. Reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Se faculta la reducción del IVA aplicable a las enajenaciones de bienes. Esta reducción se aplicaría en un rango de hasta 20 kilómetros de los pasos de frontera terrestre. La reducción puede ser de un máximo de diez puntos porcentuales para productos con tasa mínima y de once puntos para bienes con tasa básica. No obstante, esta reducción se aplica solamente si el pago se realiza presencialmente con tarjetas de débito o instrumentos electrónicos.

Es relevante destacar que la Ley también prevé la creación de un Observatorio Nacional de Frontera para relevar y publicar indicadores económicos y de precios, que estará integrado por cámaras empresariales, universidades y el PIT-CNT (Plenario Intersindical de Trabajadores – Convención Nacional de Trabajadores).

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