El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay condenó a diez años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua a los exgendarmes Roberto Oscar Caserotto, de 72 años, y Néstor Alfredo Gómez del Junco, de 74, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
Los jueces los encontraron responsables de secuestros, tormentos y asociación ilícita en perjuicio de militantes del Partido Comunista y de sus familias, en procedimientos realizados en la ciudad de Concepción del Uruguay entre 1977 y 1978.
La sentencia fue dictada por mayoría y los fundamentos se darán a conocer el próximo 18 de junio.
Los delitos por los que fueron condenados
El tribunal consideró acreditada la participación de ambos acusados en un operativo realizado el 14 de mayo de 1977 durante la celebración de un cumpleaños en la vivienda de la familia Montesino, en Concepción del Uruguay.
Según quedó probado durante el juicio, los entonces integrantes del Escuadrón 6 de Gendarmería Nacional participaron de un procedimiento ilegal en el que fueron detenidos militantes del Partido Comunista que asistían al festejo.
La condena incluyó los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionarios públicos con abuso de sus funciones, mediante violencia y amenazas, aplicación de tormentos agravados por persecución política y asociación ilícita.
Además, Gómez del Junco fue condenado por otros hechos ocurridos en enero de 1978, relacionados con nuevas detenciones ilegales y torturas.
El operativo durante un cumpleaños
De acuerdo con la acusación sostenida por la fiscal federal Josefina Minatta, el procedimiento se desarrolló en el marco del aparato represivo desplegado durante la dictadura.
En aquella reunión fueron detenidos Roberto Montesino, Carlos Stur, Juan Bautista Echeverría, Eladio Bochatay, Raúl y Jorge Impini, Raúl Jáuregui, Rodolfo Saldarrelli, Mirta Bochatay y Berta Muñoz.
También se encontraban en el lugar Gabriela y Daniel Montesino, de 4 y 7 años de edad. Durante el debate se acreditó que ambos permanecieron privados de libertad de hecho durante varios días y que una de las niñas fue amenazada con un arma para que dejara de llorar.
Tras las detenciones, las víctimas fueron trasladadas al Escuadrón 6 de Gendarmería y posteriormente a la Unidad Penal Nº 4 de Concepción del Uruguay, donde sufrieron golpes, amenazas y tormentos antes de recuperar la libertad días después.
Los hechos de 1978
La condena a Gómez del Junco incluyó además hechos ocurridos el 28 de enero de 1978.
Según la reconstrucción judicial, Carlos Stur y Juan Bautista Echeverría fueron secuestrados en el balneario Banco Pelay y trasladados a una propiedad conocida como Casa de Bernay, donde fueron sometidos a torturas.
Durante el juicio, Stur declaró que ambos fueron golpeados, atados con alambres y sometidos a descargas eléctricas mediante picana.
La fiscal Minatta sostuvo que diversos testimonios y elementos probatorios permitieron ubicar a Gómez del Junco en el lugar de los hechos y vincularlo directamente con las sesiones de tortura.
Sitios de memoria y nuevas investigaciones
En línea con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal ordenó remitir copia de la sentencia a la Dirección de Derechos Humanos de la Municipalidad de Concepción del Uruguay.
Asimismo, dispuso impulsar la señalización como sitios de memoria de la Unidad Penal Nº 4, la sede del Escuadrón Nº 6 de Gendarmería Nacional y la denominada Casa de Bernay, lugares vinculados con los hechos investigados.
Además, los jueces ordenaron remitir el testimonio brindado durante el juicio por Mirta María del Carmen Bochatay a la Fiscalía Federal para que evalúe la eventual existencia de nuevas responsabilidades penales relacionadas con sucesos ocurridos en mayo de 1977.
El juicio
El debate oral comenzó el 20 de abril y estuvo a cargo de los jueces Noemí Marta Berros, José María Escobar Cello y Eugenio Martínez Ferrero.
Durante los alegatos, la fiscal federal Josefina Minatta había solicitado una condena de 20 años de prisión para ambos acusados.
Antes de conocerse el veredicto, Gómez del Junco afirmó ser inocente, mientras que Caserotto sostuvo que no participó de los hechos por los cuales fue juzgado.
Finalmente, el tribunal dispuso que, una vez firme la sentencia, ambos condenados cumplan la pena en una unidad dependiente del Servicio Penitenciario Federal en la provincia de Entre Ríos.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de la Nación
