La medida, adoptada por el Gobierno de Chajarí, mediante el Decreto N°723/2020, y refrendada por el Concejo Deliberante, establece en su Artículo 1° que, desde el 28 de septiembre próximo, se extienden los horarios de apertura de bares, restaurantes y kioscos. Asimismo, elevaron una propuesta de Protocolo para el Ocio Seguro y Responsable al Gobierno provincial.
Desde el 28 de septiembre próximo, los días y horarios de apertura de bares y restaurantes quedarán de la siguiente manera: domingos a jueves de 10 a 14 y de 19 a 00 horas; los viernes, sábados, feriados y día previo al feriado, podrán abrir al público de 10 a 14 y de 19 a 02 del día siguiente. Por otro lado, en el artículo 2°, se menciona que, también, a partir del lunes 28 de septiembre, los kioscos de la ciudad podrán trabajar de 7 a 00 horas, de lunes a domingos. Por otro lado, en el artículo 2°, se menciona que, también, a partir del lunes 28 de septiembre, los kioscos de la ciudad podrán trabajar de 7 a 00 horas, de lunes a domingos.
Dentro de los considerandos, por su parte, se menciona que la realidad de la implementación del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, ha demostrado la necesidad de incorporar paulatinamente otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos colaterales ocasionados por las medidas adoptadas en el marco del Covid-19.
PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD
Los responsables de bares y restaurantes deben garantizar la distancia social dentro de su establecimiento, evitando aglomeraciones, y asegurar una distancia mínima de 2 metros entre personas y entre mesas. También, se debe ventilar permanentemente el espacio y fomentar la realización de los pagos con tarjeta de débito o crédito, evitando el uso de efectivo. La higiene de superficies y del establecimiento, en general, debe realizarse con mayor frecuencia de la habitual, con lavandina diluida en agua. La higiene debe intensificarse en aquellos lugares de uso común, como los baños y sanitarios.
Por otra parte, y considerando, también, a los kioscos, se recomienda el uso de tapabocas, mentón y nariz para la atención, por parte de propietarios y del personal, y como condición del ingreso de las personas a cada establecimiento. Los clientes deben hacer uso del mismo en todo momento, excepto – en bares y restaurantes – cuando se sirva su pedido. También, se puede usar mascaras de protección personal, guantes descartables y/o anteojos, en forma combinada con el tapabocas, mentón y nariz. Los cocineros y ayudantes de cocina deben utilizar obligatoriamente tapaboca, delantal, guantes descartables y cofia. El establecimiento, además, debe trabajar con cartas de menú descartables (fotocopias), pizarras legibles o menú disponible en versión digital accesible desde el smartphone de cada cliente.
Del mismo modo, el protocolo de bioseguridad menciona, entre otras cosas, que, en lo posible, se debe disponer de un sistema de turnos rotativos del personal de trabajo, de modo de reducir la congestión y circulación de personas. Del mismo modo, se debe evitar compartir elementos personales y cambiar y lavar diariamente la ropa de trabajo. Suspender el fichaje con huella dactilar, si hubiere, sustituyéndolo por cualquier otro sistema.
PROPUESTA DE PROTOCOLO PARA EL OCIO SEGURO Y RESPONSABLE
Asimismo, el Ejecutivo local elevó un Protocolo para el Ocio Seguro y Responsable para que sea considerado por el Comité de Emergencia Sanitaria (COES) de Entre Ríos.
El mismo es el resultado de reuniones previas que el presidente municipal, Pedro Galimberti, mantuvo la semana pasada con diferentes actores del rubro de eventos, DJ´s, locales bailables y representantes de agrupaciones estudiantiles.
«Asumimos el compromiso de poner el tema del ocio seguro y responsable en la agenda de discusión pública, tomando la inquietud que, en general, nos llegó de estudiantes y de jóvenes de la comunidad. En este contexto, luego de unos días de trabajo, hoy formalizamos el envío de lo que pretendemos que sea un aporte a la discusión de estos asuntos en el seno del Comité de Emergencia Sanitaria Provincial pero que, además, es una contribución que podría ser el disparador de algunas conversaciones en otras localidades entrerrianas», dijo el Presidente Municipal.
El protocolo se propone como una solución al impedimento de trabajar, que hoy tienen quienes están involucrados en los sectores del ocio, pero también se ofrece como una alternativa para garantizar el desarrollo de prácticas de ocio seguras y responsables que hoy se dan por fuera de la legalidad. En el documento, donde se solicita la intervención del Gobernador para que tramite la excepción ante el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, se estipula que estas actividades podrían llevarse adelante sólo en aquellas ciudades que no hayan sido clasificadas como «zonas con transmisión comunitaria sostenida, donde el sistema de salud tenga capacidad para dar respuesta a la demanda sanitaria y donde el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no sea inferior a 15 días.
Para ello, quienes deseen realizar eventos sociales de más de 10 (diez) personas deberán presentar una declaración jurada de compromiso social y un pedido de autorización que será evaluado por el Municipio. El tipo de actividades alcanzadas serían eventos sociales de distinto tipo, que se desarrollen en espacios abiertos o cerrados, que sean organizados por personas físicas o jurídicas que cuenten con habilitación municipal. «Entiéndase por eventos sociales todos aquellos que impliquen la concurrencia de más de 10 (diez) personas y hasta el límite que se establezca en función de la capacidad (cantidad de m2) del espacio donde se desarrolle la actividad, como así también en consideración de si se trata de un evento en espacio abierto o cerrado», dice el protocolo.
Con respecto a la capacidad máxima permitida en eventos sociales en espacios cerrados podrán participar hasta 30 (treinta) personas, siempre que el establecimiento disponga del espacio suficiente para garantizar 1 persona cada 5 mt2. En cuanto a los eventos en espacios abiertos, éstos tendrán un tope de hasta 300 (trescientas) personas, siempre que el predio disponga del espacio suficiente para garantizar 1 persona cada 20 mt2.
Por último, si el COES evalúa favorablemente la petición, los días y horarios permitidos para la realización de eventos sociales serían los viernes, sábados y vísperas de feriado, de 20 hs. a 3 hs. o a criterio de la autoridad municipal, considerando los usos y costumbres de la localidad y las características del evento.
Por último es importante remarcar que el protocolo estipula cómo debe ser el control de acceso, por, parte de los organizadores, y se reserva para el Estado municipal la facultad de control público y, además, se enumeran una serie de medidas generales de bioseguridad que se deberían garantizar en el desarrollo de estas actividades.

