Opinión

HABLEMOS DE LAICISMO: Una visión desde la masonería

Por Germán José Margaritini
Médico
Presidente Logia Utopía N° 713 (Concordia)

En el artículo Hablemos sobre Masonería dije que una de las luchas con la que más estuvo y está involucrada la institución es la laicidad.

¿Qué es la laicidad? Podría decirse que es una actitud política que promueve que las decisiones públicas no se vean influenciadas por cuestiones de dogma religioso. Se opone al clericalismo que es todo lo contrario, un sistema por el cual un culto impone sus criterios por sobre las demás morales. Y aquí vale un paréntesis para poner en escena que hay diferentes morales. Es habitual toparse con discursos que hablan de “la moral” como si fuera una única posible. La moral depende de factores culturales y tiene que ver con largas tradiciones. Si bien hay algunos preceptos que nos unifican a todos los humanos, por ejemplo, la preservación de la vida, hay otros que nos diferencian: la creencia en determinado dios, el uso de determinadas maneras de vestirse, criterios de sociedad, formas de familias, identidades de toda índole. Explicado esto, continuemos diciendo que imponer una forma de moral por sobre las otras ataca a las libertades de conciencia, afectando las libertades individuales.

El tiempo permite valorar con más claridad. En 1884 se promulgó la primera Ley de Registro Civil, una ley en la que la masonería tuvo una acción bastante directa a través de sus miembros. La reacción del ámbito religioso fue notoria y abiertamente en contrario. Los muertos estaban en campo santo, los nacimientos eran del dominio divino por lo que el bautismo operaba como registro que otorgaba identidad y los matrimonios se regían por la ley de Dios. Con la ley, la inmensa base de datos de nacimientos, matrimonios y fallecimientos pasó a ser patrimonio público. A más de un siglo no hace falte redundar sobre la importancia que esté en manos del estado.

En 1987 hubo una oposición firme de la iglesia católica a la ley de divorcio vincular. Hoy se entiende mucho mejor que era necesaria y que es un asunto de índole particular de las parejas. Vaya a saberse cuántos fueron infelices por no poder romper una relación que era considerada una unión divina.

Más recientemente, en oportunidad de las discusiones sobre las leyes de matrimonio igualitario y la de interrupción voluntaria del embarazo, quedó en evidencia de qué manera los religiosos intentaron forzar la supremacía de sus ideas por sobre la de los demás. Discursos cargados de asuntos de fe, sin importar que impactaran sobre las políticas que deben ser para todos, respecto a las diversidades y las decisiones sobre el propio cuerpo.

Seguramente pronto las reviviremos cuando sea el momento de tratar la ley de eutanasia.

Parece una obviedad decir que el estado debe actuar en beneficio de todos o que bajo el estado deben sentirse cobijados todos los individuos en igualdad de condiciones. Lo que mencionaba en párrafos anteriores puede ser complejo de explicar y de entender, es mucho más fácil hacerlo patente en la cantidad de símbolos religiosos que se encuentran expuestos en cualquier edificio público, de los poderes ejecutivos (nacional, provincial, municipal), legislativos o judiciales. Abundan en hospitales públicos.

El artículo 2° de la Constitución Nacional llama a la confusión y de él se aprovechan quienes se niegan a deponer sus actitudes. Contiene esta frase: “el Gobierno Federal sostiene el culto Católico Apostólico Romano”. El sostenimiento al que se refiere es de índole económico. Este artículo habla de “Gobierno Federal” y no de la “República Argentina”. Jamás menciona la adopción de la religión como propia del Estado. Sirve mencionar como antecedente que en la Convención Constituyente de 1853 en Santa Fe hubo intentos de que en ese artículo se incorporara explícitamente que la República Argentina fuese un estado confesional de la religión católica, cuestión que no prosperó. Y para reafirmarlo en la Reforma de 1994 se eliminó que el presidente debía ser de la religión católica. El Estado Argentino está obligado a cumplir con los principios de libertad religiosa y de conciencia garantizados por el artículo 14, así como asegurar su laicidad y cumplir con los tratados internacionales con jerarquía constitucional.

En Entre Ríos la Constitución Provincial es más taxativa, en su artículo 15 dice que “el Estado garantiza el derecho a la diversidad, al pluralismo y la igualdad de oportunidades… no podrán ser fundamento de privilegio: la naturaleza, la filiación, el sexo, la riqueza, las ideas políticas, la condición cultural, ni las creencias religiosas o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. En el artículo 258, refiriéndose a la educación dice que “en la Provincia es gratuita y laica en los niveles inicial, primario, secundario y superior de las instituciones de gestión estatal”.

La Ley Provincial 9890 de Educación, en su artículo 3 dice: “El Estado Provincial tiene la responsabilidad principal, imprescriptible, intransferible e indelegable, de garantizar una educación de carácter pública, estatal, gratuita y laica en todos los niveles y establecer la política educativa y los fines y objetivos de la educación en el marco de la ley de Educación Nacional Nº 26.206”; y en su artículo 18: “El Estado Provincial asegura la educación gratuita y laica en las instituciones de gestión estatal, en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo”. Si bien es referido esto último a la educación, es una demostración cabal de la voluntad del Estado Provincial.

Abundan los lugares públicos que son invadidos por espacios religiosos. Ejemplos: ermitas dedicadas a santos en plazas, capillas en hospitales, imágenes religiosas (católicas) de todo tipo. También la declaración de santos patronos o la adscripción de municipios a alguna institución religiosa. Sitios que pasan del dominio público (de todos) al dominio de algunos (unos pocos). Se muta del criterio de inclusión que debería primar al de exclusión. Los responsables de cada una de esas áreas están facultados para actuar y hacer cumplir lo que está reglamentado. No lo hacen, se comportan pasivamente para evitar confrontaciones en vez de actuar en beneficio de lo público.

La cuestión central va mucho más allá de la invasión de espacios o del impacto visual. Actúan como emblemas, como enclaves del poder que la religión se niega a abandonar.

Una aclaración final y necesaria. De ninguna manera la masonería pretende ir en contra de la religión o de la religiosidad de las personas. La religiosidad es parte de la posibilidad de elección de cada individuo y la respeta. Muchos de sus miembros son religiosos. Sabe que la religión es el vehículo que sirve de paz espiritual para una inmensa cantidad de humanos. No es un ataque a ellos. Lo hace en defensa de la diversidad, en el afán que todos puedan ejercer en condiciones de igualdad su libertad de conciencia y la mejor manera es que el estado se comporte en forma neutral en materia religiosa.

Noticias relacionadas

Deja un comentario